Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la solicitud de amparo constitucional interpuesta por el abogado JESÚS SANTIAGO DE LEÓN CARO FERRER, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ANDRÉS SÁNCHEZ APONTE, venezolano, mayor de edad , titular de la cédula de identidad N° 4.845.507; ORLANDO CANDIDO DE LA PAZ LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.802.837; NELSON RODRÍGUEZ DA SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.864.906; JOSÉ PAULO QUINTA DE SOUSA portugués, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-81.850.266 y ANDRÉS ALBERTO SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.533.119, contra la Gobernación del estado Miranda, por el cierre de la vía que da acceso a la ca.....