DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial incoado conjuntamente con demanda de contenido patrimonial por el abogado EFRAÍN JOSÉ SÁNCHEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número Nº 33.908, actuando como apoderado judicial de la ciudadana LESBIA CANDELARIA SÁNCHEZ BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.955.066 en contra de la sociedad mercantil CVG INTERNACIONAL, C.A., y del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA INDUSTRIAS, de acuerdo a la motiva del presente fallo.
SEGUNDO: Que al lapso para interponer las acciones que se consideren pertinentes, debe deducirse el período transcurrido desde la fecha de interposición de la presente querella y hasta la fecha en la cu.....