Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso administrativo funcionarial, incoado por la abogada CARMEN KATIUSKA VILLALBA SIRA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 60.379, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ALEX RENE BUSTILLOS UZCATEGUI, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 10.726.869, en contra del acto administrativo de destitución contenido en la Decisión Nº DDPG-2013-111, de fecha 27 de mayo de 2013, dictado por la DEFENSA PÚBLICA GENERAL.
SEGUNDO: INADMISIBLE el presente recurso contencioso administrativo funcionarial, por haber operado la caducidad de la acción.