Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso administrativo inquilinario interpuesto por el ciudadano OMAR JESÚS VIERA MOYA, asistido por el abogado GABRIEL AMADOR, ambos plenamente identificados en el encabezado del presente fallo, en contra del acto administrativo contenido en la Resolución Nº 012267 de fecha 21 de julio de 2008, dictada por la DIRECCIÓN DE INQUILINATO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA INFRAESTRUCTURA hoy SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ARRENDAMIENTOS DE VIVIENDA DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA VIVIENDA Y HÁBITAT.
SEGUNDO: CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia extinguida la instancia en el presente recurso.