DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia extinguida la instancia en la presente demanda de nulidad conjuntamente con cautelar de amparo interpuesta por los abogados Enrique Luque y Severo Riestra Saiz, inscritos en el instituto de previsión social del abogado bajo los Nros. 8.665 y 23.957, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil "INVERSIONES SENA, C.A.", inscrita en el registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 23 de mayo de 1974, bajo el N° 46, Tomo 89-A, ubicada en la Avenida Francisco de Miranda, edificio Cavendes, piso 6, oficina 601, Los Palos Grandes, Distrito Sucre del Estado Miranda, en contra los actos administrativos contenidos en los acuerd.....