Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN JUDICIAL celebrada en la presente demanda de contenido patrimonial, interpuesta por los abogados RAFAEL ÁNGEL DOMÍNGUEZ MENDOZA, ALEJANDRO URDANETA, LUÍS LEONARDO CÁRDENAS y GUILLERMO AZA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 105.112, 138.836, 71.833 y 120.986, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del INSTITUTO AUTÓNOMO DE INFRAESTRUCTURA, OBRAS Y SERVICIOS DEL ESTADO MIRANDA -INFRAMIR-, en contra de la empresa UNIVERSAL DE SEGUROS, C.A., por ejecución de fianza.
SEGUNDO: EL DECAIMIENTO de la medida cautelar decretada en fecha 27 de noviembre de 2012.