DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la solicitud de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado RAFAEL ANGEL COROMOTO MARQUINA BAESANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 16.931, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANA MARIA BRACHO HERNANDEZ, venezolana, de este domicilio, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad No. V-14.074.792, en contra de las presuntas actuaciones administrativas, abstenciones y omisiones de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA.