DECISIÓN
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: NIEGA la solicitud de desistimiento efectuada por la abogada, Maria Eugenia Álvarez Duque, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 76.175, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ELIZABETH SOLEDAD PATIÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.642.708, en la querella que interpusiera conjuntamente con acción de amparo cautelar y medida cautelar innominada, en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BARUTA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.