Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar formulada por el abogado ALEJANDRO JOSÉ BOSCÁN RINCÓN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 91.261, en su carácter de apoderado judicial de la empresa DESARROLLOS URBANOS EL ALAMBIQUE, C.A.", en contra del acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 062-2009, de fecha 5 de marzo de 2009, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "JOSÉ RAFAEL NÚÑEZ TENORIO", con sede en Guatire estado Miranda, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano GEORGE TRUJILLO, titular de la cédula de identidad Nº 17.561.442.
SEGUNDO: Se SUSPENDEN durante toda la vigencia del presente juicio, los efectos del a.....