Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos del acto recurrido contenido en la Certificación Nº 021-2010 de fecha 25 de enero de 2010, emanada de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Distrito Capital y Vargas (DIRESAT), Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), y notificada mediante Oficio Nº 034-2010 de fecha 27 de enero de 2010; mediante el cual se determinó que el ciudadano Guillermo Alexander Tovar Tovar, quien se desempeña como Almacenista en la Sociedad Mercantil VEN-AMERICAN, C.A., padece una enfermedad agravada por el trabajo que le ocasiona una discapacidad parcial y permanente.