1.- SE ADMITE: el recurso de nulidad interpuesto por el abogado HECTOR TURUHPIAL, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 31.299, actuando en nombre y representación de la sociedad SERVICIOS ASISTENCIALES EL HATILLO, C. A., contra el acto administrativo contenido en el Acuerdo Nº 127-2012 de fecha 13 de marzo de 2012 dictado por el Concejo Municipal del Municipio El Hatillo del estado Bolivariano de Miranda, de conformidad con lo establecido en el Capítulo III del presente fallo.
2.- PROCEDENTE: la medida cautelar de amparo cautelar solicitada.
3.- SE ORDENA: girar las instrucciones correspondientes al Concejo Municipal del Municipio El Hatillo del estado Bolivariano de Miranda para que reestablezca la situación jurídica infringida.
4.- SE ORDENA: notificar mediante Oficios a los ciudadanos Presidente del Concejo Municipal del Municipio El Hatillo, Alcalde y Síndico del citado Municipio, así como a la Fiscal General de la República, de la admisión del pr.....