-III-
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Segundo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DA POR CONSUMADO EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación, propuesto por el abogado FRANCISCO OLIVO CORDOVA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 87.287, en fecha 02 de agosto de 2018, en la demanda de contenido patrimonial interpuesta por el Profesional del Derecho MILKO ORELLANA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 59.722, actuando como apoderado judicial del INSTITUTO MUNICIPAL DE AMBIENTE CHACAO (IMAC) contra la Sociedad Mercantil TAMANACO ADVERTAISING, C.A.
SEGUNDO: Téngase la presente decisión como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.