Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos PATRICIA ZAMBRANO y ALIRIO GOMEZ, ya identificados, apoderados judicial de la ciudadana OLAYA JOSEFINA DIAZ MUÑOZ, también identificada, contra la empresa LABORATORIOS VARGAS S.A.