Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el abogado PEDRO J. RAMIREZ PERDOMO, actuando como apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES ANIMIS, C.A., inscrita ante la Oficina de Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 15 de febrero de 1993, bajo el Nº 7, Tomo 58-A Sgdo., contra el silencio administrativo en que incurrió el Alcalde del Municipio Sucre del Estado Miranda al no decidir el recurso jerárquico interpuesto contra la Resolución N° 2136 dictada por la Dirección de Ingeniería y Planeamiento Urbano Local de la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Miranda de fecha 5 de diciembre de 2003 que declaró sin lugar el .....