Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por la ciudadana JUALIB MAZA MARQUEZ, antes identificada, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana CARMEN MARGARITA MARQUEZ DE MAZA, también identificada, contra el Ministerio del Poder Popular para la Educación, por pago de diferencia de prestaciones sociales. En consecuencia, SE ORDENA al Ministerio del Poder Popular para la Educación, pagar los intereses moratorios sobre las prestaciones sociales, causados desde el 01 de agosto de 2003 hasta el 08 de noviembre de 2006, para cuya determinación SE ORDENA practicar experticia complementaria al fallo, de conformidad con lo previsto en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, la cual será practicada por un (01) solo experto contable, designado por el Tribun.....