En razón de lo anterior, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la Acción de Amparo interpuesta por la abogada XIOMARY CASTILLO, antes identificada, en su condición de Procuradora de Trabajadores en el Distrito Capital, y apoderada judicial del ciudadano MIGUEL EDUARDO ESCOBAR RIVAS, también identificado, contra la UNIVERSIDAD EXPERIMENTAL POLITÉCNICA ANTONIO JOSÉ DE SUCRE, VICE-RECTORADO "LUIS CABALLERO MEJÍAS". En consecuencia, se ordena a la citada Universidad proceder a reenganchar inmediatamente al accionante, a su puesto habitual de trabajo en las mismas condiciones que se encontraba al momento de su despido con el consecuente pago de los salarios caídos dejados de percibir desde la fecha del despido hasta el día de su efectivo reenganche.