Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la abogada ANABELLA RIVAS GOZAINE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 98.588, actuando en su carácter de apoderada judicial de la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV) contra la Providencia Administrativa N° 2233-06 de fecha 31 de agosto de 2006, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Distrito Capital, Municipio Libertador. En consecuencia:
PRIMERO: Se declara la nulidad de la Providencia Administrativa N° 2233-06 de fecha 31 de agosto de 2006, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Distrito Capital, Municipio Libertador.
SEGUNDO: Se niega el restablecimiento de la situación jurídica solicitada por la parte recurrente. .....