Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el abogado Isauro González, ya identificado, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana PRICILLA JOSEFINA CALZADILLA, también identificada, contra el acto administrativo de cesación de funciones de la ciudadana Pricilla Josefina Calzadilla, emanado de la Junta Liquidadora de la Asociación Civil I.N.C.E. Turismo, en fecha 31 de diciembre de 2003. En consecuencia:
PRIMERO: Se declara la nulidad del acto administrativo de cesación de funciones de la ciudadana Pricilla Josefina Calzadilla, emanado de la Junta Liquidadora de la Asociación Civil I.N.C.E. Turismo, en fecha 31 de diciembre de 2003.
SEGUNDO: Se ordena la reincorporación.....