Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la querella por concepto de Prestaciones Sociales interpuesta por el abogado en ejercicio CARLOS ALBERTO GUEVARA, ya identificado, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ZAIDA TERESA GARCES GUTIERREZ, contra la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela.