DECISION
Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad Funcionarial interpuesto por las abogadas TERESA HERRERA RISQUEZ y SARAIS PIÑA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos.1.668 y 14.426, respectivamente, actuando en su carácter de apoderadas judiciales del ciudadano VICTOR MANUEL RODRIGUEZ GARCIA, titular de la cédula de identidad Nº.5.884.044, contra el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES. En consecuencia:
PRIMERO: SE ANULA el acto administrativo contenido en la Resolución DGRHAP-RL Nº.1136, de fecha 28 de abril de 2008, suscrita por el Presidente del ente querellado, mediante la cual se le otorgó el beneficio de la jubilación al ciudadano VICTOR MANUEL RODRIGUEZ GARCIA.
SEGUNDO: SE ORDENA la REINCORPORACIÓN .....