DECISIÓN
Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada por la abogada la abogada MONICA FERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 83.742, procediendo con el carácter de apoderada judicial de la empresa Sociedad Mercantil "LABORATORIOS VARGAS, S.A.", contra del Auto dictado en fecha 05 de mayo de 2009, dictado por la INSPECTORIA DEL TRABAJO "PEDRO ORTEGA DÍAZ", SEDE CARACAS, SUR.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, en la ciudad de Caracas, a los Ocho (08) días del mes de Junio de dos mil nueve (2009).- Año 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-
JUEZ PROVISORIO
EDGAR MOYA MILLAN.
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