Ello así, este Tribunal el 30 de junio de 2016, al decidir la controversia planteada resolvió el mérito del presente asunto declarando "1.- CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado José Ángel Meza Guerra, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 96.578, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JACINTO PANTOJA, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.138.846 contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ, en consecuencia: 2.- Se ORDENA al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ, tramitar la jubilación del ciudadano JACINTO RAMÓN PANTOJA, en el cargo de Registrador Principal o en otro de similar nivel o jerarquía y pagar mensualmente dicho beneficio efectiva a partir de la publicación de la presente sentencia". Decisión ésta, que fue confirmada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, el 9 de noviembre de 201.....