Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por los abogados HUMBERTO SIMONPIETRI LUONGO, JUAN BAUTISTA SIMONPIETRI LUONGO y ATILIO AGELVIZ ALARCON, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 2.835, 4.383 y 4.510, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana GLORIA CRISTINA KALAF ACOSTA, contra la Resolución Nº 0141 de fecha 19 de julio de 2005, suscrita por el ciudadano GOBERNADOR DEL ESTADO MIRANDA, que fuera notificada mediante Oficio Nº DGE/DD124/05 de fecha 16 de septiembre de 2005.
PRIMERO: se declara la nulidad del acto administrativo, contenido en la Resolución Nº 0141 de fecha de fecha 19 de julio de 2005, dictada por el GOBERNADOR DEL ESTADO MIRANDA, y notificada mediante Ofi.....