DECISIÓN
Por los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley NIEGA LA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO solicitada por los abogados RAFAEL BADELL MADRID, ÁLVARO BADELL MADRID, NICOLÁS BADELL BENÍTEZ y ROLAND PETTERSSON, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos.22.748, 26.361, 83.023 y 124.671, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil "C.V.G. ELECTRIFICACIÓN DEL CARONI, C.A." ("EDELCA"), inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda el 2 de agosto de 2004, bajo el Nº 27, Tomo 127-A-Sgdo, sobre bienes suficientes de la demandada, sociedad mercantil "SEGUROS COORPORATIVOS, C.A.", inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscrip.....