Con fundamento en los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1.- Consumada la PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente demanda.
Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese a las partes intervinientes. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.