DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE SOBREVENIDAMENTE la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesta por el abogado RICARDO ARTURO NAVARRO URBAEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 23.220, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CENTRO SERVICIO BEETHOVEN, C.A.; en contra de la ciudadana MARIA DEL CARMEN JUNQUERA, en su carácter de DIRECTORA DE INGENIERÍA MUNICIPAL DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BARUTA DEL ESTADO MIRANDA.