DECISIÓN
Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR CADUCIDAD el recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por los abogados PEDRO ANTONIO SANGRONA ORTA y JOSÉ AMILCAR CASTILLO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº.51.089 y 90.684, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano FELIX MANUEL MILANO CARREÑO, titular de la cédula de identidad Nº.5.475.938, en contra del INSTITUTO AUTÓNOMO HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CARACAS (H.U.C.).