Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los abogados LUIS ALFREDO HERNÁNDEZ, NATALIA DE PAZ GARMENDIA, MARK MELILLI, JOSÉ ERNESTO HERNÁNDEZ BIZOT, LANOR HERNÁNDEZ ZACHI y FERNANDO LAFEE CARNEVALI, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos.35.656, 86.839, 79.506, 117.738, 118.588 y 127.841, respectivamente, procediendo con el carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil CONSORCIO CREDICARD C.A.; inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 09 de febrero de 1988, bajo el Nº.76, Tomo 32-A-Sgdo, contra el acto administrativo contenido en la Certificación emanada del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD y SEGURIDAD LABORA.....