Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad con suspensión de efectos, interpuesto por el abogado CRISTOBAL GLYNN FRANCIS FERREIRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº14.351, en su carácter de apoderado judicial del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR, contra acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° 00270-08 , de fecha 11 de abril de 2008 , y el auto de fecha 08 de mayo de 2008, emanado de la Inspectoria del Trabajo en el Distrito Capital Municipio Libertador.-