Por todas y cada una de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Cuarto Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la querella funcionarial interpuesta por DENNY DE JESÚS FARRERAS GUEVARA, titular de la cédula de identidad número V- 10.574.674, contra el CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALÍSTICAS (C.I.C.P.C.).
En consecuencia pasa este administrador de justicia a precisar el contenido del dispositivo del presente fallo en los siguientes términos:
PRIMERO: Se DESECHA el argumento de caducidad opuesto por el sustituto del Procurador General de la República, conforme a los motivos expuestos en la motiva del fallo.-
SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la presente querella funcionarial interpuesta por DENNY DE JESÚS FARRERAS GUEVARA, titular de la cédula de identidad número V-1.....