Por todas y cada una de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por los abogados JUAN PABLO TORRES FIGUEREDO y OLENA COLOMBANI DE TORRES, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 90.687 y 90.686 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de LUCAS RANGEL HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-20.977.963, interpuso recurso contencioso administrativo funcionarial contra la UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA (UBV), y en consecuencia pasa este juzgador a precisar el dispositivo del presente fallo en los siguientes términos:
PRIMERO: Se DECLARA ajustada a derecho la suspensión de la prima de jerarquía de fecha 1º de mayo de 2012, de conformidad c.....