Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer la demanda interpuesta por el abogado CRUZ MARIO DUIN ESCALONA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 90.037, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil "GOMEZ FLORES C.A", antes identificada, contra la Superintendencia Nacional de Silos, Almacenes y Depósitos Agrícolas y en consecuencia declina su conocimiento en el JUZGADO SUPERIOR PRIMERO AGRARIO CON COMPETENCIA EN LOS ESTADOS AMAZONAS, MIRANDA Y VARGAS.
Se ordena la publicación de la presente sentencia en la página web del Tribunal Supremo de Justicia.-