Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado ELIECER VALMORE SALAZAR GUILLEN, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 108.072, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MATILDE CAROLINA DEL VALLE ZABALA RUEDA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 12.021.007, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, y en consecuencia:
1.- SE DECLARA: la nulidad absoluta del acto administrativo contenido en la Resolución Nº 0391-6, de fecha 25 de agosto de 2009, emanada de la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, mediante el cual se destituyó a la ciudadana MATILDE CAROL.....