En mérito de lo precedentemente expuesto, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley decide:
1. Se ADMITE PROVISIONALMENTE el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto en contra de la Providencia Administrativa No. 481-9 de fecha catorce (14) de agosto de 2009, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital Municipio Libertador, a tenor de la cual se ordenó el Reenganche y Pago de los Salarios Caídos a los ciudadanos JOSE BELEN CARRILLO VEGA, EMILIO SOLIS FERNÁNDEZ, JULIO CESAR MIRANDA y FELIX ANTONIO REYES, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. E- 83.748.431, V-7.873.371, V-19.671.940 y V-18.671.940; así mismo SE ACUERDA MEDIDA DE SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS de dicha Providencia de conformidad con la motiva del presente fallo, la cual tendrá vigencia en principio hasta el momento en que se resuelva el presente recurso de nulid.....