Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, del recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, interpuesto con el abogado EMILIO MONCADA ATENCIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 22.900, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil MANUFACTURA EL VIGIA C.A, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 26 de enero de 1971, bajo el Nº 38, Tomo 11-A, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 201-2003, de fecha 26 de septiembre de 2003, emanado de la Inspectoría del Trabajo en el Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda.-