Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la querella interpuesta por la ciudadana MÓNICA GARCÍA DE DA SILVA, debidamente asistida por la abogado MÓNICA CHAVEZ, antes identificadas, contra LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Notifíquese la presente decisión al Procurador General del Estado Miranda y al Procurador general de la República de conformidad con lo establecido en el artículo 152 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.