Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada interpuesta por la abogada GRISELDA DOWNING LA RIVA, titular de la cédula de identidad Nº V.- 9.251.597 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 31.311, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 872, de fecha 08 de septiembre de 2008, emanado de la Fiscalía General de la República.