Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer de la demanda de nulidad de asiento registral del Título Suficiente de su propiedad a nombre del ciudadano CARLOS ALBERTO FIGUEROA ONDARROA, titular de la cédula de identidad número V- 6.277.617, evacuado por ante el Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Bolivariano de Miranda, y protocolizado en el Registro Público de los Municipios Páez, Andrés Bello y Pedro Gual del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 19 de agosto de 2009, bajo el número 31, Folio 246, interpuesta por los ciudadanos ROSA AMELIA AROCHA LUGO y NAÍN RAMIRO RAMONES CÁRDENAS, titulares de la cédula de identidad números V- 6.077.487 y V- 5.962.450, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada LOURDES F. GÁMEZ OTTAMENDY, inscrita en el Instituto de Previsión Soc.....