Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RECHAZA la declinatoria de competencia que le hiciera el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para conocer del reclamo laboral interpuesto por el abogado José Luis Castillo, actuando como apoderado judicial del ciudadano PEDRO PACHECO, contra el CENTRO SIMÓN BOLÍVAR, ello por estimarse igualmente incompetente, en consecuencia se ordena remitir el expediente a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de que sea ese Máximo Tribunal el que decida cuál es el Órgano Jurisdiccional competente para conocer del presente reclamo laboral.