Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
1.- ADMITE el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por el abogado Rafael Humberto Concha Camacho, actuando como apoderado judicial del ciudadano FERNANDO NAVARRO GERPE, contra la Resolución Nº 011259, dictada en fecha 30 de julio de 2007 por la Dirección General de Inquilinato del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura, ello sin examinar la causal de inadmisibilidad relativa a la caducidad, por exigirlo así el artículo 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
2.- Declara IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar interpuesta.