Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos por los abogados Carlos Augusto López Damiani y Silmar Andreina Navas Marcano, actuando como apoderados judiciales de la Empresa Papelería Rotospeed, C.A, contra la Providencia Administrativa Nº 0015-2009, dictada en fecha 26 de enero de 2009, por la Inspectoría del Trabajo "Pedro Ortega Díaz" sede Caracas Sur, contenida en el expediente administrativo N° 079-2008-01-01573.