Con fundamento en lo antes expuesto este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE por la materia para conocer el presente reclamo interpuesto por las abogadas OFELMINA LOZANO VARGAS y YAMILETH ALBORNOZ BELMONTE, actuando como apoderadas judiciales de la ciudadana VIRMANIA ANGELICA GARCIA SUAREZ, contra la ALCALDÍA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS, por estimar que su conocimiento corresponde a la Jurisdicción Laboral, a la que se ordena remitir la presente causa, concretamente a la Oficina Distribuidora de Expedientes de la Jurisdicción Laboral.