Este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por los abogados Andrés Troconis Torres, Jaime Torres Fernández, Daniela Urosa Maggi y Esteban Carpio Cabrera, actuando como apoderados judiciales del ciudadano ANDRÉS MILLAN ABREU, contra la República Bolivariana de Venezuela (Ministerio de Educación Superior).
SEGUNDO: Se ordena al Organismo querellado pagarle al actor los intereses moratorios causados por retardo en el pago de prestaciones sociales, desde el 31 de diciembre de 1999 hasta el 24 de marzo de 2003, lo cual debe hacerse sin capitalización.
TERCERO: Se niega la solicitud de intereses de mora calculados desde el 30 de julio de 2002 hasta le fecha de ejecución de este fallo.
CUARTO: A los fines de determinar con toda precisión e.....