Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por la abogada Teresa Herrera Risquez actuando como apoderada judicial de la ciudadana LUDIN TERESA MORENO DE ROJAS, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS FINANZAS).
SEGUNDO: Se ORDENA recalcular el monto de la jubilación de la querellante, para que ese nuevo cómputo se haga, según ya se resolvió, considerando como sueldos a promediar, los que percibió en los últimos veinticuatro (24) meses de servicio, cuales son los transcurridos del 15 de marzo de 2005 al 15 de marzo de 2007; deberá sumársele a ese cálculo la diferencia del bono de profesionalización que recibiera por el lapso del 15 de marzo de 2006 al 15 de mar.....