Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la querella interpuesta por los abogados William F. Benshimol R., Laura R. Benshimol Doza y León S. Benshimol Salamanca actuando como apoderados judiciales del ciudadano MIGUEL TOBIAS LAYA, contra la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD).
SEGUNDO: Se ORDENA a la República Bolivariana de Venezuela (MINISTERIO DEl PODER POPULAR PARA LA SALUD), que proceda al ajuste de la pensión de jubilación del actor en la forma que lo disponen los artículos 13 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional, de los Estados y de los Municipios y 16 de su Reglamento, todo a partir del 1 de.....