Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por los abogados Nelly Berrios Pérez, Luis Boada Romero y Jesús Millán Alejos, actuando como abogados de la ASAMBLEA NACIONAL, contra la Providencia Administrativa N° 836-05 de fecha 9 de agosto de 2005, emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio libertador, mediante la cual declaró CON LUGAR la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por la ciudadana, abogada BLANCA BERRIOS AZUAJE, titular de la cédula de identidad N° 9.489.572, contra la referida ASAMBLEA NACIONAL.