Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por los abogados Carlos Alberto Pérez y Walkiria Rengifo Villarroel, actuando como apoderados judiciales de la ciudadana MERCEDES ERNESTINA VILLARROEL ORIBUENES, contra la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION).
SEGUNDO: En consecuencia se ordena al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION, que reajuste la pensión de jubilación de la accionante tomando en consideración el monto del sueldo que actualmente tiene asignado el cargo de Docente V, el cual en todo caso, no podrá ser inferior al salario mínimo establecido por el Ejecutivo Nacional, el mismo será el resultado que se obtenga de aplicársele el 94% del salario .....