Decisiones del dia 18/02/2013
N° Expediente :
12-3085
N° Sentencia :
Fecha: 18/02/2013
Procedimiento: Pruebas Documentales
Partes: CLAXCELIS FAGUNDEZ ROBLES, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 11.558.205, ASISTIDA POR EL ABOGADO JOSÉ DEL CARMEN BLANCO, INPREABOGADO Nº 26.495, CONTRA EL GOBIERNO DEL DISTRITO CAPITAL
Resumen:
Finalmente por lo que se refiere al último párrafo del escrito de promoción de pruebas mediante el cual, la parte querellante promueve prueba de inspección judicial, a los fines de que el Tribunal se traslade al Plantel Educativo donde presta sus servicios la querellante, para inspeccionar la Circular Nº 01059-11, emanada de la Sub Directora de Educación, este Juzgado observa que tal prueba resulta inoficiosa, toda vez que la parte querellada promovió y consignó como medio probatorio marcado "C" original de la referida Circular, aunado al hecho que tal medio probatorio es utilizado para traer al proceso elementos que no son susceptibles de aportar a los autos mediante otro medio de prueba, sumado esto que la referida documental ya fue aportada a los autos, razón por la cual se niega su admisión, y así se decide.
Juez/Ponente:
Gary Coa León
Organo:
Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
N° Expediente :
12-3068
N° Sentencia :
Fecha: 18/02/2013
Procedimiento: Pruebas Documentales
Partes: YHORIS PERÉZ CASTILLO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 14.049.956, ASISTIDA POR EL ABOGADO JOSÉ DEL CARMEN BLANCO, INPREABOGADO Nº 26.495, CONTRA EL GOBIERNO DEL DISTRITO CAPITAL
Resumen:
Finalmente por lo que se refiere al último párrafo del escrito de promoción de pruebas mediante el cual, la parte querellante promueve prueba de inspección judicial, a los fines de que el Tribunal se traslade al Plantel Educativo donde presta sus servicios la querellante, para inspeccionar la Circular Nº 01059-11, emanada de la Sub Directora de Educación, este Juzgado observa que tal prueba resulta inoficiosa, toda vez que la parte querellada promovió y consignó como medio probatorio marcado "C" original de la referida Circular, aunado al hecho que tal medio probatorio es utilizado para traer al proceso elementos que no son susceptibles de aportar a los autos mediante otro medio de prueba, sumado esto que la referida documental ya fue aportada a los autos, razón por la cual se niega su admisión, y así se decide.
Juez/Ponente:
Gary Coa León
Organo:
Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
N° Expediente :
12-3081
N° Sentencia :
Fecha: 18/02/2013
Procedimiento: Pruebas Documentales
Partes: PATRICIA ELIZABETH CASTELLANOS RODRÍGUEZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 15.039.968, DEBIDAMENTE ASISTIDA POR EL ABOGADO JOSÉ DEL CARMEN BLANCO, INPREABOGADO Nº 26.495 CONTRA EL GOBIERNO DEL DISTRITO CAPITAL
Resumen:
Finalmente por lo que se refiere al último párrafo del escrito de promoción de pruebas mediante el cual, la parte querellante promueve prueba de INSPECCIÓN JUDICIAL, a los fines de que el Tribunal se traslade al Plantel Educativo donde presta sus servicios la querellante, para inspeccionar la Circular Nº 01059-11, emanada de la Sub Directora de Educación, este Juzgado observa que tal prueba resulta inoficiosa, toda vez que la parte querellada promovió y consignó como medio probatorio marcado "C" copia de la referida Circular, la cual riela al folio 78 del presente expediente, aunado al hecho que tal medio probatorio es utilizado para traer al proceso elementos que no son susceptibles de aportar a los autos mediante otro medio de prueba, sumado esto que la referida documental ya fue aportada a los autos, razón por la cual se niega su admisión, y así se decide.
Juez/Ponente:
Gary Coa León
Organo:
Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
N° Expediente :
12-3084
N° Sentencia :
Fecha: 18/02/2013
Procedimiento: Pruebas Documentales
Partes: MORELLA SÁNCHEZ PUERTA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 6.551.470, DEBIDAMENTE ASISTIDA POR EL ABOGADO JOSÉ DEL CARMEN BLANCO, INPREABOGADO Nº 26.495 CONTRA EL GOBIERNO DEL DISTRITO CAPITAL
Resumen:
Finalmente por lo que se refiere al último párrafo del escrito de promoción de pruebas mediante el cual, la parte querellante promueve prueba de inspección judicial, a los fines de que el Tribunal se traslade al Plantel Educativo donde presta sus servicios la querellante, para inspeccionar la Circular Nº 01059-11, emanada de la Sub Directora de Educación, este Juzgado observa que tal prueba resulta inoficiosa, toda vez que la parte querellada promovió y consignó como medio probatorio marcado "C" la referida Circular, aunado al hecho que tal medio probatorio es utilizado para traer al proceso elementos que no son susceptibles de aportar a los autos mediante otro medio de prueba, y sumado a esto la referida documental ya fue aportada a los autos, razón por la cual se niega su admisión, y así se decide.
Juez/Ponente:
Gary Coa León
Organo:
Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
N° Expediente :
12-3078
N° Sentencia :
Fecha: 18/02/2013
Procedimiento: Pruebas Documentales
Partes: REGULO JESUS MARCANO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 6.681.321, ASISTIDO POR EL ABOGADO JOSÉ DEL CARMEN BLANCO, INPREABOGADO Nº 26.495, CONTRA EL GOBIERNO DEL DISTRITO CAPITAL
Resumen:
Finalmente por lo que se refiere al último párrafo del escrito de promoción de pruebas mediante el cual, la parte querellante promueve prueba de inspección judicial, a los fines de que el Tribunal se traslade al Plantel Educativo donde presta sus servicios la querellante, para inspeccionar la Circular Nº 01059-11, emanada de la Sub Directora de Educación, este Juzgado observa que tal prueba resulta inoficiosa, toda vez que la parte querellada promovió y consignó como medio probatorio marcado "C" original de la referida Circular, aunado al hecho que tal medio probatorio es utilizado para traer al proceso elementos que no son susceptibles de aportar a los autos mediante otro medio de prueba, sumado esto que la referida documental ya fue aportada a los autos, razón por la cual se niega su admisión, y así se decide.
Juez/Ponente:
Gary Coa León
Organo:
Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo.