Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por la abogada Teresa Herrera Risquez actuando como apoderada judicial del ciudadano DIOGENES UGUETO SANCHEZ, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS FINANZAS).
SEGUNDO: Se ORDENA recalcular el monto de la jubilación del querellante, para que ese nuevo cómputo se haga, según ya se resolvió, considerando como sueldos a promediar, los que percibió en los últimos veinticuatro (24) meses de servicio anteriores a la fecha de la jubilación, estos son los transcurridos del 15 de abril de 2005 al 15 de abril de 2007; a ello deberá agregársele la suma que percibió el querellante como bono de productividad durante esos últimos ve.....