Por la razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, este Tribunal no acepta la competencia que le ha sido declinada para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JESÚS LÓPEZ REQUENA, en su carácter de Gerente General de la sociedad mercantil INVERSIONES 153224, C.A., asistido por el abogado Antonio Ametrano Vidal, contra la empresa del Estado DESARROLLOS GRAN CARACAS, C.A. Por cuanto el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ya había declarado su incompetencia, es por lo que se plantea el conflicto negativo de competencia.